martes, 27 de marzo de 2012

Matriculación de Orientadores y Asistentes Sociales


Secretaría de Asuntos Docentes informa que con la finalidad de cumplimentar las prescripciones de la Ley 10751 y el acuerdo de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires se requerirá el cumplimiento de la matriculación previa a los docentes que aspiren a la cobertura de cargos de Orientador Social y/o Asistente Social dependientes de las Direcciones de Psicología Comunitaria y Pedagogía social y de Educación Especial.

Asimismo, la matriculación deberá ser requisito en las titulaciones o sus equivalentes expedidos por Universidades Públicas o Privadas o Instituciones de Enseñanza Terciaria no Universitaria Oficiales o Privadas, que se encuentren oficialmente reconocidos y para quienes aspiren a desempeñarse en estos cargos con título otorgado por Universidades Extranjeras, el que deberá ser revalidado en la forma que establece la Legislación vigente

No hay comentarios:

Publicar un comentario